Servicio de Oftalmología

Cubrimos todas tus necesidades

Consulta oftalmológica a nivel diagnóstico, anual y a escala nacional. 

Para solicitar el servicio, comunícate al:

0212-6553100, opción 1-1-4 (Servicio de Oftalmología).

Beneficios del servicio:

  • Consultas a nivel nacional.
  • Examen e Historia Clínica, Diagnóstico y Plan de Tratamiento (dos al año por asegurado).
  • Estudio de la Agudeza Visual.
  • Balance de los Movimientos Oculares.
  • Discriminación de Colores.
  • Estudio de la Córnea, Conjuntiva, Cámara Anterior, Pupila y Cristalino con Lámpara de hendidura.
  • Estudio de la salud del Fondo del Ojo.
  • Urgencias Diurnas y Nocturnas.
  • Montura y/o Lente: Se establece una cobertura anual por la cantidad de USD $ 50,00, y su indemnización será bajo la modalidad de reembolso, bajo las siguientes condiciones:
    • El ASEGURADO deberá ser evaluado previamente en consulta por un Oftalmólogo debidamente autorizado por la Red de Prestadores de Servicio, siendo este quien deba prescribir al ASEGURADO, la orden/fórmula para la realización de una sola montura y/o lentes/cristales con su respectivo Informe Médico.
    • El ASEGURADO deberá presentar la solicitud de reembolso, conjuntamente con los siguientes recaudos obligatorios:   
      • Orden/fórmula de lentes/cristales e Informe Médico emitido por el Oftalmólogo autorizado por la Red de Prestadores de Servicio que lo haya atendido. Dicho informe médico no podrá exceder los sesenta (60) días continuos desde su emisión. 
      • Factura original que cumpla con los requisitos formales exigidos por el SENIAT, en la cual deberá estar discriminada los conceptos bajo los cuales se realiza los lentes/cristales, la cual no deberá exceder de un plazo de veinte (20) días continuos contados a partir de la fecha de emisión de esta.
      • Tipo de Lentes/cristales: Los tipos de lentes/cristales que estarán en cobertura y amparados bajo la figura del reembolso, serán los que se determinan como Lentes Correctivos que son los prescritos para tratar miopía, presbicia, astigmatismo e hipermetropía+miopía. La prescripción de la orden/fórmula para la realización de las lentes/cristales respectivos podrá incluir adicionalmente, siempre y cuando lo considere conveniente y sea certificado por el Oftalmólogo tratante autorizador por la Red de Prestadores de Servicio, lentes/cristales de visión sencilla tales como: CR39, policarbonato, alto índice, monofocales, bifocales, multifocales (lentes progresivos de policarbonato) y antirreflejo sencillo, ello dependerá de la patología que presente el ASEGURADO. La cobertura será para una sola montura y/o lentes/cristales y se restituirá luego de haber transcurrido trescientos sesenta y cinco (365) días contados a partir de la primera solicitud de reembolso, independientemente de haberse agotado o no, el monto de la cobertura.
    • Tipo de Monturas: Los tipos de montura que estarán bajo cobertura y amparadas bajo la figura del reembolso, serán las siguientes:
      • Montura con marco sencillo y sin accesorios.
      • Montura al aire.
      • Montura semi al aire.
      • Montura de marco completo.
  • Cuenta con un servicio telefónico de lunes a viernes, en el horario comprendido desde las 08:00 am hasta las 5:00 pm; y las urgencias serán atendidas hasta las 11:00 pm (por el Call Center y coordinando dichas urgencias con un Oftalmólogo de guardia, haciendo la salvedad que, para las emergencias nocturnas, las mismas serán orientadas telefónicamente y se atenderán a primera hora del día hábil siguiente).